Artículo 22 se aprueban medidas urgentes en materia económica, de transporte, de Seguridad Social, y para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad
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»Artículo 22. Objeto y finalidad de las ayudas.
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El objeto de estas ayudas es la ampliación y mejora de la oferta de los actuales servicios de transporte público colectivo terrestre en el año 2025. Las ayudas para la mejora se plantean para los siguientes bloques de solicitud:
a) Creación de nuevos servicios de transporte público.
b) Incremento de la oferta existente del transporte público.
