Articulo 22 Autorización y acreditación de servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidades
Artículo 22. Ratios mínimas de los servicios ocupacionales para personas con discapacidad.
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1. Las ratios mínimas exigibles para servicios ocupacionales para personas con discapacidad, sobre un total de cien personas usuarias, son las siguientes:
| Monitores y personal cuidador | 12 |
| Servicios generales y de hostelería | 5 |
| Servicios técnicos | 4 |
| Total | 21 |
2. Las ratios mínimas exigibles para servicios ocupacionales para personas con discapacidad por diagnóstico de salud mental, sobre un total de cien personas usuarias, son las siguientes:
| Monitores y personal cuidador | 12 |
| Servicios generales y de hostelería | 5 |
| Servicios técnicos | 2 |
| Total | 19 |
3. Con carácter general, la ratio de estos servicios se tiene que calcular sobre la previsión de 8 horas de servicio, 220 días al año.
4. La edad máxima de las personas con discapacidad usuarias de estos servicios es de 65 años.
- Modificación realizada (22) por Decreto 31/2016, de 27 de mayo, de modificación del Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el que se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidades, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para estos sectores de población
(PM de 28-05-2016) en vigor desde 29-05-2016 - Artículo modificado (22.2) por Decreto 54/2013, de 5 de diciembre, de modificación del Decreto 86/2010, de 25 de junio, por el que se establecen los principios generales y las directrices de coordinación para la autorización y la acreditación de los servicios sociales de atención a personas mayores y personas con discapacidades, y se regulan los requisitos de autorización y acreditación de los servicios residenciales de carácter suprainsular para estos sectores de población
(PM de 07-12-2013) en vigor desde 08-12-2013
