Articulo 22 Ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social
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»Artículo 22. Destinatarios últimos de las ayudas.
Vigente
Podrán ser destinatarios últimos de las ayudas de este programa las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, así como entidades locales, u otros entes u organismos públicos o privados.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 06-10-2021 en vigor desde 07-10-2021