Articulo 22 Caza y pesca ... I Balears

Articulo 22 Caza y pesca fluvial de I. Balears

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Artículo 22. Terrenos no cinegéticos

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1. El resto de terrenos no comprendidos en la sección 1ª quedan sustraídos de forma permanente a los aprovechamientos cinegéticos.

2. Son terrenos no cinegéticos:

a) Los refugios de fauna.

b) Las zonas inhábiles de caza.