Articulo 22 Coordinación del Sistema Universitario
Ver Indice
»Artículo 22. La Presidencia.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La Presidencia del Consejo Valenciano de Universidades y de Formación Superior recae en el Conseller competente en materia de universidades. Ostenta la presidencia del pleno y de las comisiones.
2. El presidente ejerce las funciones propias de la Presidencia atribuidas por la normativa reguladora de los órganos colegiados y puede delegarlas en uno de los vicepresidentes.
