Artículo 22. Decreto ley 1/2026, de 1 de abril, Baleares
Artículo 22. Ayudas para el fomento de la exportación mediante el flete de transportes
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En el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de este Decreto ley, la Consejería de Empresa, Autónomos y Energía ha de aprobar una convocatoria extraordinaria y temporal de ayudas destinadas al flete de transportes para exportar mercancías por parte de empresas con actividad en las Illes Balears.
El objetivo de estas ayudas es facilitar la salida a los mercados exteriores y compensar el incremento de los costes logísticos y de transporte derivados de la crisis internacional provocada por la guerra en Oriente Medio, en los términos que se concreten en las correspondientes bases reguladoras y convocatoria.
El presupuesto máximo previsto para estas ayudas es de 2.000.000 de euros, con cargo a las partidas presupuestarias que se establezcan en la convocatoria correspondiente.
