Articulo 22 Derecho a la ... Andalucía

Articulo 22 Derecho a la Vivienda en Andalucía

Ver Indice
»

Artículo 22. Recursos económicos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La Administración de la Junta de Andalucía fijará en sus planes de vivienda y suelo y en los presupuestos de la Comunidad Autónoma los recursos económicos destinados a promover el derecho a la vivienda, incluyendo la gestión de ayudas estatales, que se distribuirán conforme a lo dispuesto en el conjunto de los planes de vivienda y suelo, dando preferencia a los grupos de población con menor índice de renta.