Artículo 22 para el desar...en Galicia

Artículo 22 para el desarrollo e impulso de la inteligencia artificial en Galicia

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Artículo 22. Los derechos de la ciudadanía

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Los procesos de diseño, adquisición, implementación y uso de sistemas de inteligencia artificial desarrollados por la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y por su sector público respetarán todos los derechos reconocidos o atribuidos a la ciudadanía en esta ley y en el resto de la normativa europea y estatal aplicable, especialmente el derecho a una buena administración recogido en el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

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