Articulo 22 la Diputación... turístico

Articulo 22 la Diputación General de Aragón, sobre régimen de precios, reservas y servicios complementarios en establecimientos de alojamiento turístico

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Artículo 22. Servicios mínimos comprendidos.

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En los precios de los apartamentos turísticos están comprendidos los servicios mínimos siguientes:

  1. Suministro de agua potable, caliente y fría.

  2. Suministro de energía eléctrica, energía para la cocina y, en su caso, para la calefacción del alojamiento.

  3. Recogida de basuras.

  4. Mobiliario, instalaciones y equipo, que serán acordes con la categoría del alojamiento.

  5. Atención al usuario durante su estancia para todas las cuestiones relacionadas con los servicios contratados o de posible contratación.