Articulo 22 Educación de Cataluña

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Artículo 22. Deberes de los alumnos

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1. Estudiar para aprender es el deber principal de los alumnos y comporta los siguientes deberes:

a) Asistir a clase.

b) Participar en las actividades educativas del centro.

c) Esforzarse en el aprendizaje y el desarrollo de las capacidades personales.

d) Respetar a los demás alumnos y la autoridad del profesorado.

2. Los alumnos, además de los deberes que especifica el apartado 1, y sin perjuicio de las obligaciones que les impone la normativa vigente, tienen los siguientes deberes:

a) Respetar y no discriminar a los miembros de la comunidad educativa.

b) Cumplir las normas de convivencia del centro.

c) Contribuir al correcto desarrollo de las actividades del centro.

d) Respetar el proyecto educativo y, si procede, el carácter propio del centro.

e) Hacer buen uso de las instalaciones y el material didáctico del centro.