Articulo 22 Envases y residuos de envases -Derogada-
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»Artículo 22. Publicidad de las sanciones.
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(DEROGADO)
El órgano que ejerza la potestad sancionadora podrá acordar la publicación, a través de los medios que considere oportunos, de las sanciones impuestas por la comisión de infracciones graves y muy graves, una vez que éstas hayan adquirido firmeza en vía administrativa o, en su caso, jurisdiccional, así como los nombres, apellidos o denominación o razón social de las personas físicas o jurídicas responsables y la índole y naturaleza de las infracciones.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
(BOE de 29-07-2011) en vigor desde 30-07-2011
