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Articulo 22 Espectáculos taurinos populares

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Artículo 22. Astas.

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En los espectáculos taurinos populares, se observarán las siguientes reglas respecto de las astas de las reses:

  1. En los encierros tradicionales y sueltas de reses las astas estarán claramente despuntadas, afeitadas y romas o bien se procederá al embolado de las defensas de las reses, a fin de prevenir posibles cornadas. Salvo que con carácter excepcional y debidamente justificado se autorice la suelta en puntas.

  2. En la exhibición y concurso de cortes y anillas, las reses deberán tener las astas despuntadas y romas, salvo que en la resolución de autorización del festejo se permita que las astas de las reses participantes puedan estar en puntas.

  3. En todo caso, la merma de las defensas no podrá afectar a la parte cavernosa o clavija ósea del asta, realizándose sobre la parte maciza o pitón de la misma.