Articulo 22 Gobierno y Administración
Articulo 22 Gobierno y Administración

Articulo 22 Gobierno y Administración

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Art. 22.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Las competencias del Consejo de Gobierno serán ejercidas de acuerdo con su estructura funcional y orgánica.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-12-1983 en vigor desde 20-12-1983