Articulo 22 Igualdad efectiva de mujeres y hombres
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»Artículo 22. Acciones de planificación equitativa de los tiempos.
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Con el fin de avanzar hacia un reparto equitativo de los tiempos entre mujeres y hombres, las corporaciones locales podrán establecer Planes Municipales de organización del tiempo de la ciudad. Sin perjuicio de las competencias de las Comunidades Autónomas, el Estado podrá prestar asistencia técnica para la elaboración de estos planes.
