Articulo 22 Igualdad de m... I Balears

Articulo 22 Igualdad de mujeres y hombres I. Balears

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Artículo 22. La Defensora o el Defensor de la igualdad de mujeres y hombres

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1. La Sindicatura de Greuges, en la forma y en las condiciones que establece su normativa reguladora, velará especialmente para que las administraciones públicas cumplan las previsiones que establece esta ley.

2. Con esta finalidad, puede nombrarse una defensora o un defensor de la igualdad de mujeres y hombres adjunta o adjunto a la Sindicatura de Greuges.