Articulo 22 Impuesto sobre el Patrimonio de Álava
Articulo 22 Impuesto sobr...o de Álava

Articulo 22 Impuesto sobre el Patrimonio de Álava

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 22. - Derechos reales.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Los derechos reales de disfrute y la nuda propiedad se valorarán con arreglo a los criterios señalados en el Impuesto sobre Trans misiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, tomando, en su caso, como referencia el valor asignado al correspondiente bien de acuerdo con las reglas contenidas en la presente Norma Foral.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2013 en vigor desde 20-03-2013