Articulo 22 instrucciones para el ejercicio de la auditoría pública
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»Vigesimosegunda. Valoración de los planes de acción.
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Los planes de acción elaborados por los departamentos ministeriales serán puestos a disposición de la persona responsable de la emisión de los informes de auditoría pública a los que se refieran, para su valoración.
La persona titular de la Intervención General, una vez realizadas dichas valoraciones y previo análisis por la Oficina Nacional de Auditoría, comunicará anualmente el estado de situación a los titulares de los departamentos ministeriales de los que dependan o a los que estén vinculados o adscritos los organismos o entidades objeto de las auditorías, para su conocimiento y seguimiento.
Modificaciones
- Artículo modificado (Vigesimosegunda) por Resolución de 6 de junio de 2022, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se modifica la de 30 de julio de 2015, por la que se dictan instrucciones para el ejercicio de la auditoría pública.
(BOE de 09-06-2022) en vigor desde 10-06-2022
