Articulo 22 Ley derogada ...ompetencia

Articulo 22 Ley derogada de Defensa de la competencia

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Articulo veintidós.- Incompatibilidades de sus miembros

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(DEROGADO)

1. El Presidente y los Vocales del Tribunal de Defensa de la Competencia ejercerán su función con dedicación absoluta y tendrán las incompatibilidades establecidas con carácter general para los altos cargos de la Administración del Estado.

2. Se exceptúa de lo anterior el desempeño ocasional de cargos c actividades en Organismos internacionales en representación o por encargo del Gobierno español, por los que no se percibirá retribución alguna salvo las dietas e indemnizaciones reglamentarias que pudieran corresponder.

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