Articulo 22 Medidas Administratvas y Fiscales
Artículo 22. Modificación del artículo 31.4 de la Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
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Se modifica el artículo 31.4 de la Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria, relativo a las tarifas del Canon de Saneamiento de Cantabria, que queda redactado como sigue:
« 4 Para su aplicación inicial se fijan las siguientes tarifas:
Componente fijo: 4,19 euros/abonado y año.
- Componente variable:
Régimen general: 0,2088 euros/metro cúbico consumido o estimado.
Régimen de medición directa de la carga contaminante: 0,2204 euros por kilogramo:
Materias en Suspensión (MES).
- 0,2552 euros por kilogramo:
Demanda Química de Oxígeno (DQO).
- 0,5568 euros por kilogramo: Fósforo (P).
- 4,3732 euros por kiloequitox: Materias Inhibitorias (MI).
- 3,4916 euros por Siemens/cm: Sales solubles (SOL).
- 0,2784 euros por kilogramo:
Nitrógeno total (N). 0,000046 euros por o C:
Incremento de Temperatura (IT) superior a 3 º C.
