Articulo 22 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
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Se modifica el epígrafe 1.5 del artículo 216 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de La Generalitat, que queda redactado de la forma siguiente:
1.5. Cursillos especiales que se autoricen por el órgano competente en materia de pesca.
