Articulo 22 Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo
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Articulo 22 Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo

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Artículo 22. Procedimiento para la delimitación de declaración de Zonas de Interés Regional.

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1. El Plan Regional de Estrategia Territorial contendrá la localización, objetivos territoriales y contenido urbanístico básico de todas las Zonas de Interés Regional previstas en el mismo, pudiendo contener incluso la delimitación precisa del ámbito de cada una de ellas.

2. La delimitación del ámbito de las Zonas de Interés Regional de conformidad con su localización, cuando no se contenga ya directamente en el Plan Regional de Estrategia Territorial o cuando se pretenda su modificación, se ajustará al siguiente procedimiento:

  1. Aprobación inicial por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero competente en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo y previo informe de la Comisión de Urbanismo.

  2. Información pública y, simultáneamente, informe del municipio o los municipios afectados, así como del órgano u organismo correspondiente de la Administración General del Estado por plazo de un mes o, asimismo, en caso de formalizarse por el o los Municipios discrepancia en punto a la concurrencia de interés general o de su extensión o alcance, dictamen de la Comisión de concertación de la Acción Territorial.

  3. Aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, bajo la forma de Decreto adoptado a propuesta del Consejero competente en materia de ordenación del Territorio y Urbanismo y previo informe de la Comisión de Urbanismo, teniendo en cuenta las alegaciones formuladas y los informes aportados en el período de información pública, así como, en su caso, el dictamen de la Comisión de Concertación de la Acción Territorial.

Los acuerdos de aprobación inicial y definitiva, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en, al menos, uno de los periódicos de mayor difusión en ésta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-04-1995 en vigor desde 01-05-1995