Articulo 22 Memoria y reconocimiento democráticos
- Norma derogada desde el 26 de marzo de 2026 - Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears
- Por interposición del Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo,que derogaba la presente ley, se levanta la derogación de la misma y vuelve a estar vigente, ya que se invocó el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados. - Recurso de inconstitucionalidad n.º 4344-2026, contra la Ley 1/2026, de 24 de marzo, de derogación de la Ley 2/2018, de 13 de abril, de memoria y reconocimiento democráticos de las Illes Balears.
Artículo 22. Reparación jurídica de las víctimas de la Guerra Civil y la Dictadura franquista
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Copiloto jurídico
1. De conformidad con el conjunto del ordenamiento jurídico, que incluye normas tanto de derecho internacional como de derecho interno, se declara la ilegalidad de los tribunales y de los procedimientos instruidos en las Illes Balears durante y en relación con la Guerra Civil y la Dictadura franquista hasta 1978, por ser contrarios a la ley y vulnerar las más elementales exigencias del derecho a un juicio justo.
2. Como consecuencia de la ilegalidad declarada en el apartado anterior, se deduce la nulidad de pleno derecho, originaria o sobrevenida, de todas las sentencias y resoluciones de las causas instruidas de carácter penal, civil y administrativo, dictadas por razones políticas en las Illes Balears, Tribunales Populares y por el régimen franquista, incluyendo las sentencias de los Consejos de Guerra, Tribunales de Responsabilidades Políticas, Tribunal Especial de Represión de la Masonería y el Comunismo y Tribunal de Orden Público (TOP), así como expedientes de depuración del magisterio.
