Articulo 22 Museos de Cantabria
Ver Indice
»Artículo 22. Salida de fondos.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Cualquier traslado o salida de fondos de los museos o colecciones integrados en el Sistema de Museos de Cantabria deberá ser autorizado previamente por la Consejería competente en materia de cultura.
2. Para el resto de museos y colecciones autorizados, así como para los fondos de titularidad del Estado que se encuentren en museos integrados en el Sistema, será suficiente la notificación del traslado o salida.
