Articulo 22 Participación Ciudadana y Fomento del Asociacionismo
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»Artículo 22. Evaluación y seguimiento de las políticas y servicios de la Generalitat
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1. En la evaluación de los servicios, gestión y políticas públicas de la Generalitat se establecerán mecanismos de seguimiento y auditoría por parte de la ciudadanía que permitan analizar y valorar la eficacia de su implementación y el grado de consecución de los objetivos a los que dichas políticas tienden.
2. El Consell acordará anualmente las políticas o servicios públicos que serán sometidos a evaluación ciudadana.
3. Los resultados de estos procesos de evaluación y seguimiento se publicarán en el portal de participación ciudadana de la Generalitat.
Modificaciones
- Artículo modificado (22 (apdo. 1)) por LEY 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(GV de 31-05-2025) en vigor desde 01-06-2025
