Articulo 22 Patentes -Derogada-

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ARTICULO 22

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1. La fecha de presentación de la solicitud será la del momento en que el solicitante entregue a las Oficinas españolas autorizadas para la recepción de solicitudes de patentes los siguientes documentos redactados en la forma exigida en el artículo 21:

a) Una declaración por la que se solicite una patente.

b) La identificación del solicitante, y

c) Una descripción y una o varias reivindicaciones, aunque no cumplan con los requisitos formales establecidos en la presente Ley.

2. Si durante el procedimiento de concesión se modifica total o parcialmente el objeto de la solicitud de patente, se considerará como fecha de presentación la de introducción de la modificación respecto a la parte afectada por ésta.