Articulo 22 Patrimonio de C. La Mancha -Derogada-
Ver Indice
»Artículo 22.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Ningún Tribunal, Juez o autoridad administrativa podrá dictar providencia de embargo, ni despachar mandamiento de ejecución contra los bienes y derechos del patrimonio de la Comunidad Autónoma, en su ámbito territorial, ni contra las rentas, frutos o productos del mismo, debiendo estarse a lo dispuesto en la Ley General Presupuestaria de 4 de enero de 1977.
