Artículo 22 Presupuesto p... Andalucía

Artículo 22 Presupuesto para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Andalucía

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Artículo 22. Autorización de los costes de personal de las universidades de titularidad pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.6 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, se autorizan los costes de personal de las universidades de titularidad pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por los siguientes importes, en euros:

UNIVERSIDAD

CUERPO DOCENTE UNIVERSITARIO

PERSONAL DOCENTE E INVESTIGADOR LABORAL

PTGAS. FUNCIONARIO

PTGAS. LABORAL

PERSONAL LABORAL EVENTUAL

TOTAL COSTES

ALMERÍA

42.504.720

12.743.195

26.555.174

411.071

82.214.160

CÁDIZ

59.582.463

33.564.464

25.741.064

15.231.399

4.347.872

138.467.262

CÓRDOBA

56.596.991

25.610.929

25.294.744

17.073.953

1.897.106

126.473.723

GRANADA

184.579.805

67.348.252

130.021.152

4.443.517

386.392.726

HUELVA

33.884.189

16.088.349

15.086.622

9.728.898

1.100.383

75.888.441

JAÉN

48.990.920

14.973.568

17.022.583

9.762.952

1.965.571

92.715.594

MÁLAGA

75.871.942

67.900.700

45.103.391

34.363.425

44.657

223.284.115

PABLO DE OLAVIDE

34.030.522

18.505.143

15.794.941

4.313.010

211.279

72.854.895

SEVILLA

184.046.927

78.377.553

73.171.364

52.997.381

18.140.316

406.733.541

INTERNACIONAL DE ANDALUCÍA

61.298

6.218.481

1.600.997

184.699

8.065.475

TOTAL COSTES PERSONAL

720.149.777

335.112.153

380.009.516

149.926.603

27.891.883

1.613.089.932

Dichos importes se incrementarán, en su caso, en la misma medida en que lo hagan las retribuciones como consecuencia de lo previsto en aplicación de la disposición adicional tercera de la presente ley.

2. Con carácter previo al comienzo de las negociaciones de convenios, acuerdos colectivos o modificaciones parciales de los mismos, relativos a retribuciones y demás condiciones de trabajo, que se refieran al personal de las universidades públicas de Andalucía, y que puedan afectar al Presupuesto de la Junta de Andalucía o a la financiación por esta de las universidades, deberá solicitarse por el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de universidades informe favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda sobre los parámetros que permitan valorar la incidencia económico-financiera de las actuaciones en las que debe enmarcarse la negociación.

Este informe se emitirá en un plazo de quince días a contar desde la recepción de la solicitud, la cual deberá incluir una memoria en donde se hagan constar los aspectos objeto de negociación y una estimación de la incidencia económico-financiera que, en su caso, pudiera derivarse.

3. Para la firma de los convenios colectivos, acuerdos o instrumentos similares, así como sus revisiones y las adhesiones o extensiones a los mismos o cualquier otra vía de modificación de lo pactado, que puedan afectar al Presupuesto de la Junta de Andalucía o a la financiación de las universidades por la Comunidad Autónoma, será preciso informe previo favorable de la Consejería competente en materia de Hacienda.

4. De manera excepcional y previa justificación de las nuevas necesidades, que en todo caso deberán financiarse con recursos ajenos al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, las universidades de titularidad pública competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía podrán solicitar el aumento de los costes de personal, que podrán ser autorizados por la Consejería competente en materia de Hacienda, previo informe favorable de su Dirección General de Presupuestos. La solicitud vendrá necesariamente acompañada de una memoria económica que permita verificar la existencia de recursos extraordinarios no presupuestados en el ejercicio, y la justificación de las previsiones de gastos de personal anuales en comparación con los límites aplicables, debiéndose garantizar que no se supere el objetivo de déficit inicial, así como el cumplimiento de la normativa básica estatal en materia retributiva y de empleo público y autonómica sobre los costes de personal de las universidades de titularidad pública.