Articulo 22 Presupuestos 2009 Canarias
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»Artículo 22. Competencias de los titulares de los departamentos.
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Durante el ejercicio 2009, corresponde a los titulares de los departamentos:
Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 1 de un mismo o distinto programa.
Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 2.
Autorizar las ampliaciones de crédito que amparan gastos de personal, en los supuestos a que se refieren:
El artículo 56.1 e de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.
La letra h de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I a esta Ley.
Las letras a, b y n del apartado 1 de la relación de créditos ampliables con cobertura, del anexo I a esta Ley.
