Articulo 22 Presupuestos 2009 Canarias

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Artículo 22. Competencias de los titulares de los departamentos.

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Durante el ejercicio 2009, corresponde a los titulares de los departamentos:

  1. Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 1 de un mismo o distinto programa.

  2. Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 2.

  3. Autorizar las ampliaciones de crédito que amparan gastos de personal, en los supuestos a que se refieren:

    • El artículo 56.1 e de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

    • La letra h de la relación de créditos ampliables sin cobertura, del anexo I a esta Ley.

    • Las letras a, b y n del apartado 1 de la relación de créditos ampliables con cobertura, del anexo I a esta Ley.