Articulo 22 Presupuestos 2013 Canarias
Artículo 22. - Competencias de los titulares de los departamentos.
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Durante el ejercicio 2013, corresponde a los titulares de los departamentos.
a) Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 1, excepto las que afecten al artículo 17 "Gastos diversos de personal".
b) Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 2.
c) Las que afecten a créditos de los capítulos 4, 6 ó 7 de un mismo programa, siempre que no se utilice como cobertura créditos afectos a ingresos.
d) Autorizar las ampliaciones con cobertura que amparan gastos de personal, simultáneamente a la baja que le da cobertura, en relación con los siguientes créditos:
1º. Aquellos a que se refiere el párrafo e) del apartado 2.1 del anexo 1.
2º. Los mencionados en el párrafo f) del apartado 2.1 del anexo 1 de esta ley.
3º. Los citados en el párrafo g) del apartado 2.1 del anexo 1.
