Articulo 22 Productos sanitarios
Ver Indice
»Artículo 22. Información a las comunidades autónomas.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios facilitará a las autoridades sanitarias competentes de las comunidades autónomas el acceso a los registros previstos en los artículos 18 y 21.
