Articulo 22 Protección de los Consumidores
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»Artículo 22. Representación, consulta y participación.
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1. Se reconoce a las asociaciones de consumidores como el cauce de representación y participación para la defensa de los intereses de consumidores.
2. Los poderes públicos de la Comunidad de Madrid fomentarán, en sus respectivos ámbitos, el asociacionismo de los consumidores y promoverán su diálogo con las organizaciones empresariales y profesionales, a través del Consejo de Consumo de la Comunidad de Madrid.
