Articulo 22 Protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción
Ver Indice
»Artículo 22. Publicación y revisión del procedimiento de gestión de informaciones.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. deberá publicar su procedimiento de gestión de informaciones.
Cada tres años revisará y, en su caso, modificará dicho procedimiento teniendo en cuenta su experiencia y la de otras autoridades competentes. La modificación será asimismo objeto de publicación.
