Artículo 22 Reglamento de...de Navarra

Artículo 22 Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo del Cuerpo de la Policía Foral de Navarra

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Artículo 22. Procedimiento.

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1. La provisión de estos puestos de trabajo se efectuará previa convocatoria pública en la forma establecida en la Sección Primera del Capítulo II, sin perjuicio de lo establecido en esta Sección Tercera.

2. Por el Jefe de la Policía Foral de Navarra se elevará al Tribunal calificador una propuesta de adjudicación de las vacantes de libre designación. Dicha propuesta tendrá carácter vinculante para el Tribunal.

3. Asimismo, el Jefe de la Policía Foral podrá proponer con carácter vinculante que se declare desierta la provisión de determinados puestos de trabajo.