Articulo 22 Reglamento de selección y formación de la Policía
Ver Indice
»Artículo 22.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El desarrollo y evaluación de las pruebas y/o méritos que integren el sistema selectivo corresponderá a los tribunales, que actuarán con plena autonomía funcional, serán responsables de la objetividad del procedimiento y garantizarán el cumplimiento de las bases de la convocatoria.
2. Los tribunales podrán adoptar las medidas que estimen necesarias para el desarrollo del sistema selectivo en todo lo no previsto en las bases de la convocatoria y resolver cuantas cuestiones se susciten relativas a la interpretación y aplicación de las mismas.
