Articulo 22 el que se regula el procedimiento para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción en la Comunidad de Castilla y León
- Norma derogada desde el 1 de abril de 2026. - DECRETO 5/2026, de 12 de febrero, por el que se regula el procedimiento para la certificación de la eficiencia energética de los edificios en la Comunidad de Castilla y León.
Ver Indice
»Artículo 22. Régimen jurídico.
Derogado
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. En lo no previsto en el presente decreto, la comisión técnica se ajustará en su actuación a lo dispuesto, para los órganos colegiados, en los preceptos básicos de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y a lo dispuesto en el Capítulo IV del Título V de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
2. La Comisión técnica para la certificación de eficiencia energética de edificios en la Comunidad de Castilla y León podrá aprobar sus normas internas de organización y funcionamiento.
