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Articulo 22 Servicios sociales de Andalucía -Derogada-

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Artículo 22. Órganos rectores.

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El Instituto Andaluz de Servicios Sociales se estructurará en los siguientes órganos de dirección:

- El Consejo de Administración.

- La Gerencia.

Por el Consejo de Gobierno se determinará la composición y funcionamiento de estos órganos rectores.