Articulo 22 Servicios sociales de Andalucía -Derogada-
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»Artículo 22. Órganos rectores.
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El Instituto Andaluz de Servicios Sociales se estructurará en los siguientes órganos de dirección:
- El Consejo de Administración.
- La Gerencia.
Por el Consejo de Gobierno se determinará la composición y funcionamiento de estos órganos rectores.
