Articulo 22 Servicios sociales inclusivos
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Artículo 22. Zonas básicas de servicios sociales

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1. Las zonas básicas de servicios sociales son las demarcaciones territoriales en las que se desarrollarán actuaciones propias de la atención primaria de carácter básico.

2. Constituyen las organizaciones territoriales de mayor proximidad y accesibilidad a la ciudadanía. Las podrán conformar uno o más municipios atendiendo a criterios demográficos, geográficos, funcionales y sociales, según establezca el Mapa de servicios sociales de la Comunitat Valenciana.

3. Los municipios de más de 5.000 habitantes constituirán zonas básicas. Con carácter general, los municipios con menor población a la indicada se agruparán con otros para constituir zonas básicas de servicios sociales, hasta alcanzar la población mínima de 5.000 habitantes.

Por razones de eficiencia y optimización de recursos, varios municipios podrán agruparse con otros próximos y formar parte de una misma zona aunque uno o varios de ellos posea más de 5.000 habitantes.

4. En estas se garantizará el desarrollo de todas las funciones de los servicios sociales de atención primaria de carácter básico. Para tal fin, dispondrán, al menos, de un equipo de profesionales de la zona básica de servicios sociales definido en el artículo 64, que será financiado de acuerdo con los criterios de financiación regulados en el artículo 107 de esta ley.

En el caso de que los municipios rechacen agruparse con otros municipios de las zonas básicas de servicios sociales correspondientes para poder alcanzar el mínimo establecido en el presente artículo, tendrán que garantizar en su demarcación territorial un equipo equivalente, sin que les sean aplicables los criterios de financiación regulados en el artículo 107 de esta ley.

5. Dispondrán de las infraestructuras y los equipamientos necesarios para el desarrollo de sus funciones de atención primaria de carácter básico de forma coordinada, integrada y continuada.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-02-2019 en vigor desde 21-03-2019