Articulo 22 Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales
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»Artículo 22. Estructura territorial
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El Sistema Público de Equipamientos Escénicos y Musicales de Cataluña ejerce la función de fomento de la cooperación entre equipamientos regulada en el apartado f) del artículo 3 a través de una estructura organizativa territorial de ámbito supralocal que se fundamenta en las redes de cooperación que establece el artículo 23.
