Articulo 22 TR Ley 4/1985, del estatuto de la empresa pública catalana
Articulo 22 TR Ley 4/1985...a catalana

Articulo 22 TR. Ley 4/1985, del estatuto de la empresa pública catalana

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 22.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La actividad de estas entidades debe someterse a las normas de derecho civil, mercantil y laboral, sin perjuicio de las materias a que se aplica esta Ley, de las materias exceptuadas por la ley de creación o por el decreto de desarrollo y, en general, de las materias referentes a sus relaciones de tutela con la Administración pública.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2002 en vigor desde 01-01-2003