Articulo 22 Tribunal constitucional
Ver Indice
»Artículo veintidós
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los Magistrados del Tribunal Constitucional ejercerán su función de acuerdo con los principios de imparcialidad y dignidad inherentes a la misma; no podrán ser perseguidos por las opiniones expresadas en el ejercicio de sus funciones; serán inamovibles y no podrán ser destituidos ni suspendidos sino por alguna de las causas que esta Ley establece.
