Articulo 220 TR. de las leyes de ordenación del territorio y de espacios naturales
- Norma derogada por la Ley 4/2017, de 13 de julio, con excepción del anexo de reclasificación de los espacios naturales de Canarias, que se mantiene vigente. - LEY 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.
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»Artículo 220. Vertidos de residuos.
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1. Se sancionará con multa de 100.000 a 1.000.000 de pesetas el vertido no autorizado de escombros o cualesquiera otros residuos.
2. Si el vertido fuere al mar o alterase las condiciones naturales de un Espacio Natural Protegido o de su zona periférica de protección o le ocasione daños se sancionará con multa de 1.000.000 a 50.000.000 de pesetas.
(NOTA: Se declara inconstitucional y nulo el apdo. 2, salvo el inciso relativo a los vertidos al mar y en los términos establecidos en el fundamento jurídico 7 de la STC 7/2012, de 18 de enero)
Modificaciones
- Modificación realizada (220 (apdo. 2, se declara inconstitucional y nulo lo indicado)) por Pleno. Sentencia 7/2012, de 18 de enero de 2012. Recurso de inconstitucionalidad 3547-1999. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Canarias 9/1999, de 13 de mayo, de ordenación del territorio de Canarias. Competencias en materia de administración de justicia, ordenación del territorio y medio ambiente: atribución de la presidencia de un órgano autonómico a un magistrado de lo contencioso-administrativo vulnerando la competencia estatal sobre administración de justicia; nulidad parcial de los preceptos legales autonómicos que establecen un régimen sancionador no acorde con la normativa básica de protección ambiental.
(BOE de 11-02-2012) en vigor desde 18-01-2012 - Artículo modificado (220 (apdo. 2, se suspende lo indicado)) por RECURSO de inconstitucionalidad numero 3.547/1999, promovido por el Presidente del Gobierno, en relacion con el texto refundido de las Leyes de Ordenacion del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.
(BOE de 12-10-2000) en vigor desde 12-10-2000
