Articulo 2221 Libro segun...la familia

Articulo 2221 Libro segundo del Codigo civil de Cataluña, relativo a la persona y la familia

Ver Indice
»

Artículo 222-1. Personas que deben ponerse en tutela.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Deben ponerse en tutela:

a) Los menores no emancipados que no estén en potestad parental.

b) Los incapacitados, si lo determina la sentencia.