Articulo 223 TR. Ley Concursal
Articulo 223 TR. Ley Concursal

Articulo 223 T.R. Ley Concursal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 223. Exclusiones a la subrogación por voluntad del adquirente.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La transmisión de una unidad productiva no implicará la subrogación del cesionario respecto de aquellas licencias, autorizaciones o contratos no laborales en los que el adquirente, al formular la oferta, haya manifestado expresamente su intención de no subrogarse.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020