Articulo 224 Contratos Públicos
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»Artículo 224. Causas específicas de resolución del contrato de suministros.
Vigente
Son causas específicas de resolución del contrato de suministros:
a) La suspensión, por causa imputable a la Administración, del inicio del suministro por plazo superior a 6 meses a partir de la fecha señalada para la entrega, salvo que el pliego se señale otro menor.
b) El desistimiento o la suspensión del suministro por un plazo superior al año acordada por el órgano de contratación, salvo que en el pliego se señale otro menor.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 17-04-2018 en vigor desde 07-05-2018