Articulo 224 Haciendas Locales de Navarra
Ver Indice
»Artículo 224.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La autorización y el compromiso de los gastos de carácter plurianual se subordinarán al crédito que para cada ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos.
2. Corresponde la autorización y disposición de los gastos plurianuales al órgano competente por la materia de que se trate.
Modificaciones
- Artículo modificado (224 (apdo. 2)) por LEY FORAL 11/2004, de 29 de octubre, para la actualización del régimen local de Navarra.
(NA de 05-11-2004) en vigor desde 25-11-2004
