Articulo 224 Reglamento d...al General

Articulo 224 Reglamento de Procedimiento del Tribunal General

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Artículo 224. Grabación de la vista

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Previa petición debidamente justificada, el Presidente del Tribunal General podrá autorizar a uno de los interesados mencionados en el artículo 23 del Estatuto que haya participado en la fase escrita u oral del procedimiento a escuchar, en los locales del Tribunal General, la grabación sonora de la vista oral en la lengua utilizada por los oradores en dicha vista.

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