Articulo 225 Reglamento d... de Aragon

Articulo 225 Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragon

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Artículo 225. Régimen de prestación.

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1. Los servicios reservados por Ley a los municipios podrán prestarse en régimen de libre concurrencia o de monopolio.

2. Cuando se presten en régimen de libre concurrencia se seguirá el procedimiento regulado en el art. 216.2 de este Reglamento.

3. La prestación de servicios reservados en régimen de monopolio requerirá la tramitación del procedimiento establecido en el artículo siguiente. Su prestación podrá hacerse mediante cualquiera de las formas de gestión de los servicios locales.