Articulo 226 Reglamento d...-Derogado-

Articulo 226 Reglamento de explosivos -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 226.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En caso de que se realice el tránsito por vía terrestre y se prevea alguna detención o permanencia en territorio español, las materias reglamentadas deberán ir acondicionadas para permitir que sean precintadas fácilmente por la Aduana correspondiente.