Artículo 228. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
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»Artículo 228. Defensoría Universitaria.
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La Defensoría Universitaria es la unidad encargada de velar por el respeto de los derechos y libertades del personal docente e investigador, del profesorado tutor, del personal técnico, de gestión y de administración y servicios y del estudiantado ante las actuaciones de los diferentes órganos, unidades y servicios de la Universidad. Sus actuaciones se regirán por los principios de independencia, autonomía y confidencialidad.
