Articulo 228 Reglamento d...del suelo

Articulo 228 Reglamento de la Ley 2/2016, del suelo

Ver Indice
»

Artículo 228. Régimen de contratación de las obras de urbanización

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La contratación de las obras de urbanización se realizará siempre de acuerdo con los principios de publicidad y concurrencia.

Cuando el organismo contratante sea la Administración, tendrá que respetar, además, las prescripciones de la legislación de contratos de las administraciones públicas (artículo 115 de la LSG).